De acuerdo al Reglamento General para la Prestación del Servicio Social de la Universidad de Guadalajara en su Capítulo Primero “Disposiciones Generales” señala que:
El servicio social se define como actividad formativa y de aplicación de conocimientos que de manera temporal y obligatoria realizan los alumnos o pasantes de la Universidad y de las instituciones que imparten programas educativos con reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de los diferentes sectores de la sociedad.
El servicio social se puede realizar dentro de la Universidad, en los laboratorios de Investigación y docencia, o dentro de las coordinaciones de carrera. También pueden acreditarse horas de Servicio Social fuera de la Universidad en instituciones o empresas con convenio.
- Recuerda que para realizar el servicio social necesitas tener cursados mínimo el 60% de los créditos de la carrera (equivalente a 236 créditos).
- Las horas de servicio social correspondientes para el nivel licenciatura son 480 h
CONVOCATORIA 2023B
Adjunto | Tamaño |
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Guía SS 2023B | 1.47 MB |
Reglamento Gral. S. S. | 137.53 KB |